martes, 7 de noviembre de 2017

Legitimidad de un gobernante



Legitimidad de un gobernante
La legitimidad de un gobernante tiene dos vertientes:
1.- El origen
2.- El ejercicio
El Origen: se refiere a la manera como el gobernante llegó al poder
El ejercicio: se refiere a su adhesión como gobernante a la constitución y las leyes del país, al respeto por los habitantes de ese país y al apego a las buenas prácticas de gobernanza
.- Legitimidad de origen: La ilegitimidad de origen de quien ejerce funciones de gobernante en Venezuela, a partir de abril del 2013, (Nicolás Maduro) incluye 4 aspectos:
·         Se violó la constitución al permitir que se encargara de la presidencia el sr Maduro, eso le correspondía al presidente de la Asamblea Nacional (AN) (Diosdado Cabello), con base al artículo 233 de la Constitución
·         El sr Maduro era vicepresidente ejecutivo por que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) lo había nombrado como tal  a partir del 02-02-2013, debido a que el periodo constitucional del sr Chávez  había terminado en esa fecha, pero en vista de su enfermedad y postración en la isla de Cuba, en donde había sido operado por cáncer el 12-12-2012, no llegó a juramentarse, por tanto todo su tren ejecutivo había quedado deslegítimado, incluyendo al sr Maduro, al culminar ese período de gobierno (02-02-2013)
·         En vista de la gravedad de las dolencias del sr Chávez y teniendo en cuenta que se encontraba fuera del país, el TSJ ha debido el 02-02-2013 haber declarado la falta absoluta del sr Chávez, con base al artículo 233 de la constitución, lo legal a partir del 02-02-2013 era que el presidente de la AN asumiera las funciones del presidente y ratificara o nombrara a su tren ejecutivo e hiciera un llamado a elecciones en 30 días; pero el TSJ violando la constitución se negó a declarar la falta absoluta del sr Chávez y en nombre de una vaga moción de ”continuidad administrativa” encargó al sr Maduro de la presidencia de la república (el mismo día 02-02-1013); esa extralimitación del TSJ dio origen a una cadena de patrañas y abusos violatorios de la constitución. También hay que tomar en cuenta que aún no se sabe con certeza la fecha de defunción del sr Chávez, se sospecha que fue el 12-12-2012 y no el 05-03-2013, ya que no existe acta de defunción del mencionado sr, por tanto la falta absoluta ocurrió mucho antes
·         El sr Maduro fue nombrado vicepresidente ejecutivo el 02-02-2013, por el TSJ, basado en una vaga moción de ”continuidad administrativa” y se encargó  por tanto, ese mismo día,  de la presidencia de la república con base al artículo 236 numeral 3 de la constitución, por tanto dicho sr Maduro quedaba impedido para ser candidato presidencial con base al artículo 229 de la mencionada constitución; sin embargo en un acto de prestidigitación el sr Maduro fue transformado en “presidente encargado”, cargo que no existe en el ordenamiento jurídico de Venezuela; de esta manera se le quitó su condición de vicepresidente ejecutivo encargado de la presidencia y se le presentó como candidato presidencial del 12-04-2013 convocadas por el TSJ
·         En las elecciones presidenciales del 12-04-2013 al sr Maduro le dieron la victoria con el 2% de los votos, el Consejo Nacional Electoral (CNE) se negó a realizar una auditoría, exigida por la oposición, que incluyera el recuento de votos y su constatación mediante la revisión de las actas y los cuadernos de votación, debido a que el margen de error era muy superior al margen de la victoria impuesta por el CNE a favor del sr Maduro
·          Nunca se cumplió con el requisito de verificación de la nacionalidad  venezolana del sr Maduro, con base al artículo 227 de la constitución, lo cual ha sido rechazado tanto por el CNE como por el TSJ alegando “secreto electoral” y han sostenido que tal información es competencia exclusiva de la sala constitucional del TSJ en condiciones de resguardo que la hace irrevelable
·         De acuerdo al artículo 51 de la  constitución los miembros del CNE y los magistrados  del TSJ  podrían ser destituidos por no dar respuesta adecuada  a la solicitud de los ciudadanos. Por todo lo expuesto queda en evidencia la negligencia y los errores jurídicos del TSJ, que ha existido una gran componenda entre las instituciones arrodilladas al poder ejecutivo para taparse abusos, errores y negligencias
·         Para añadir a la ilegitimidad del proceso, es preciso recordar que en estos días a la mayoría de los miembros del CNE se les había vencido su periodo y se encontraban ilegalmente en sus cargos
·         Por todo lo antes expuesto se deduce que el cargo y el ejercicio en el poder del sr Maduro está seriamente afectado de ilegitimidad de origen; mientras la mitad de los venezolanos cuestione  la transparencia y legalidad  del  proceso no puede existir una verdadera legitimidad de origen; se concluye que el proceso que llevó  al sr Maduro a la presidencia de la república fue claramente violatorio de la constitución
·         El origen del poder frecuentemente es insuficiente para constituir legitimidad, la cual también debe ser evaluada a través de la manera como el actor ejercita su poder, es decir la legitimidad del ejercicio
Legitimidad del ejercicio:
·         Esta  se obtiene cuando el gobernante se apega a las vías constitucionales y legales existentes en el país
·         Cuando se conduce con todos los ciudadanos de igual forma
·         Cuando maneja sensatamente los bienes públicos que le han sido encargados para su administración
·         Cuando respeta los derechos humanos de los ciudadanos. Es decir cuando los principios de una buena gobernanza son respetados y el nivel de gobernabilidad es normal. Lo antes expuesto dista mucho de las circunstancias que prevalecen en Venezuela, en la actualidad las evidencias están a la vista.
Una evaluación hecha por http://worldjusticeproject/sites/default/files/wjpruleoflawindex2014reportpdf, con base a 10.000 encuestas o entrevistas en todos los países, expone que el índice del estado de derecho elaborado por el instituto está compuesto por nueve factores:
1.-  Adhesión del gobierno a las leyes
2.- Ausencia de corrupción
3.- Transparencia gubernamental
4.- Protección de los derechos fundamentales
5.- Grado de orden social y de seguridad
6.- Validez de las regulaciones existentes
7.- Calidad del sistema de justicia civil
8.- Calidad de la justicia criminal
9.- La justicia informal
En esta evaluación la más completa que existe en el mundo, el gobierno venezolano ha quedado en el lugar 99, es decir en el último lugar
La nota del instituto dice que: En el lugar 99 Venezuela es el país de peor comportamiento entre todos los países evaluados y ha decaído con respecto al año anterior, debido a:
·         Califica de último en transparencia gubernamental
·         La corrupción es asunto frecuente
·         El crimen, la violencia y los abusos contra los derechos fundamentales son asuntos preocupantes para el instituto
Un gobierno que exhiba este comportamiento no puede se definido como legítimo de ejercicio
Esta evaluación no incluyó lo sucedido a partir del 12-02-2014  lo cual hubiese servido para condenar al régimen aún más categóricamente como ilegítimo
Una calificación de ilegitimidad es evidente para todos los que ven y oyen al sr Maduro vomitar su odio contra la disidencia política, para quienes vean como el caos financiero y administrativo han destruido la gobernabilidad y como se reprimen las libertades fundamentales
.- Aceptando que un candidato se imponga por estrecho margen recibiendo casi el 50% de los votos en contra, tal candidato sería un demente ó un abusador, ó las dos cosas, si pensara  que la mitad perdedora “puede ser totalmente desestimada y reprimida por su gobierno”
.- Sólo a un gobernante ilegítimo se le ocurriría gobernar a su antojo, como si estuviera el 100% del apoyo de la población  negándole a la otra mitad del país todo derecho a participar activamente en la formulación de políticas que conciernen a todos
.- Una revolución impuesta a la mitad del país es simplemente una dictadura

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